Instaladores en el Vallès Occidental y Oriental

Cámaras de seguridad para comunidades de propietarios

Instalamos videovigilancia en portales, garajes, trasteros y zonas comunes de comunidades de Sabadell y el Vallès, cumpliendo la normativa de protección de datos. Preparamos la propuesta para la junta y dejamos el sistema configurado y documentado.

Cámara de videovigilancia instalada por CADI en el garaje de una comunidad de propietarios

En resumen

Una comunidad de propietarios puede instalar cámaras en sus zonas comunes si lo aprueba la junta con la mayoría que exige la Ley de Propiedad Horizontal para los servicios de vigilancia, que es de tres quintas partes. Además, tiene que cumplir la normativa de protección de datos: colocar carteles informativos visibles, grabar solo espacios comunes y no la vía pública más allá de lo imprescindible, restringir quién puede ver las imágenes y borrarlas en el plazo máximo de un mes salvo que haga falta conservarlas para acreditar un incidente. Nosotros diseñamos el sistema con esos requisitos en mente.

Dónde se suelen instalar

Cada punto responde a un problema concreto. Colocamos solo las cámaras necesarias, que también es un requisito de la normativa.

Portal y vestíbulo

Controla quién entra al edificio y complementa la cámara del videoportero.

Garaje

El punto más pedido: robos en vehículos, daños y accesos no autorizados por la puerta.

Rampa y puerta de garaje

Registro de entradas y salidas, útil también ante golpes a la puerta automática.

Trasteros

Pasillos de trasteros, donde se concentran muchos robos en comunidades.

Cuartos de contadores y basuras

Evita manipulaciones y vandalismo en instalaciones comunes.

Piscina y jardín comunitario

Control de accesos fuera de horario y daños en el mobiliario común.

Lo que exige la protección de datos

La imagen de una persona es un dato personal, así que la comunidad pasa a ser responsable de un tratamiento de datos. No es complicado cumplir si el sistema se diseña bien desde el principio.

  • Cartel informativo visible en cada acceso a la zona vigilada
  • Solo zonas comunes: las cámaras no pueden enfocar el interior de viviendas ni puertas de pisos
  • Vía pública, lo mínimo: la cámara del portal no debe captar la calle más allá de lo imprescindible
  • Plazo de conservación: borrado en un máximo de un mes, salvo incidentes que deban acreditarse
  • Acceso restringido a las grabaciones: presidente, administrador o persona designada
  • Grabador protegido en un lugar cerrado y con contraseña

Cómo se aprueba en la junta

La instalación de un sistema de vigilancia en zonas comunes se considera un servicio de interés general, y la Ley de Propiedad Horizontal exige para ello el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios, que a su vez representen tres quintas partes de las cuotas. Los ausentes que no se opongan en el plazo legal tras recibir el acta se computan como votos a favor.

Para facilitar esa votación preparamos una propuesta clara: qué zonas se vigilarían, cuántas cámaras, dónde estaría el grabador, quién tendría acceso y cuánto cuesta. Llevar esta información a la junta evita discusiones y dudas sobre la privacidad, que son el motivo más habitual por el que estas propuestas se retrasan.

Después de aprobarlo

La comunidad designa a quién puede acceder a las imágenes y colocamos la cartelería. Dejamos documentado el sistema, con la ubicación de las cámaras y la configuración de conservación, para que el administrador tenga todo lo necesario.

Qué incluye nuestra instalación

Un sistema pensado para funcionar años sin dar problemas, no solo para cumplir el día de la instalación.

  • Cámaras con visión nocturna adecuadas a garajes y zonas con poca luz
  • Grabador con disco dimensionado para el plazo de conservación
  • Cableado ordenado por zonas comunes, con alimentación por el propio cable de red cuando es posible
  • Configuración del borrado automático dentro del plazo legal
  • Acceso remoto seguro solo para las personas autorizadas
  • Cartelería informativa en cada acceso

Un solo instalador para el portal completo

Muchas comunidades aprovechan para renovar a la vez el portero automático y el control de accesos. Tiene sentido: se comparte cableado, se hace una sola obra y todo queda integrado. Lo explicamos en videoporteros. Si también hay que revisar la iluminación del garaje o los cuadros comunes, lo hacen nuestros electricistas.

Las comunidades que nos confían varias instalaciones suelen agruparlas en un contrato de mantenimiento, que incluye la revisión periódica de las cámaras y del grabador. Si lo que buscas es videovigilancia para una vivienda o un negocio, tienes toda la información en videovigilancia. Trabajamos en Sabadell y en todo el Vallès.

Preguntas frecuentes sobre cámaras en comunidades

¿Qué mayoría hace falta para instalar cámaras en la comunidad?
La Ley de Propiedad Horizontal exige el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios, que representen también tres quintas partes de las cuotas de participación.
¿Cuánto tiempo se pueden guardar las grabaciones?
Como máximo un mes, salvo que haya que conservar imágenes para acreditar un incidente y ponerlas a disposición de las autoridades.
¿Es obligatorio poner carteles?
Sí. Debe haber un cartel informativo visible en cada acceso a las zonas vigiladas, con la identificación del responsable y cómo ejercer los derechos.
¿Quién puede ver las imágenes?
Solo las personas que designe la comunidad, normalmente el presidente o el administrador. No todos los vecinos pueden acceder libremente.
¿Puede una cámara enfocar la calle?
Solo en la parte mínima imprescindible para vigilar el acceso. No se puede grabar la vía pública de forma extensiva.
¿Un vecino puede poner una cámara en su puerta?
En zonas comunes, no por su cuenta, ya que afecta a espacios compartidos. Dentro de su vivienda sí, siempre que no capte zonas comunes ni de terceros.

¿Vuestra comunidad quiere cámaras?

Visitamos el edificio y preparamos la propuesta para la junta, con zonas, cámaras y presupuesto.